Continuando con nuestra serie de artículos que resumen las decisiones de arbitraje pasadas de la DRC. Consideramos que estos artículos ayudarán a los miembros a comprender mejor cómo se aplican las Reglas y Normas de la DRC en caso de una controversia. Las Reglas y Normas de la DRC para la solución de controversias establecen que todos los arbitrajes de la DRC son privados y confidenciales. Por ello, no se incluyen los nombres de todas las partes, incluidos los árbitros y las empresas. Se recuerda que el único papel de la DRC es el de administrador del proceso de arbitraje; la DRC no participa en ninguna audiencia. Por lo tanto, este resumen se basa únicamente en la decisión escrita del árbitro y puede no reflejar información importante compartida con el árbitro a través de escritos o testimonios verbales.
Caso: Expediente DRC #20316 – Partes domiciliadas – Canadá
Hechos
- El Demandante envió nueve (9) cargas de sus papas de 2018 al Demandado entre el 11 de agosto de 2018 y el 19 de septiembre de 2018, por un precio total de factura de $234,700.29 entre las nueve (9) cargas.
- No hubo contrato formal entre las partes para la temporada de 2018. Sin embargo, las partes tuvieron un curso de negociación durante las transacciones en 2017. Bajo este curso de negociación en 2017, el Demandante facturó al Demandado entre el 3 de agosto de 2017 y el 5 de septiembre de 2017.
- El Demandante envió su cosecha de 2018 al Demandado FOB, entre el 11 de agosto de 2018 y el 19 de septiembre de 2018.
- Se realizó un control de calidad interno a la llegada de cada carga.
- Entre septiembre y noviembre de 2018, el Demandante recibió cuatro (4) pagos parciales por un total de CAD $75,699.94.
- Las comunicaciones entre las partes muestran que el Demandado acordó pagar CAD$100,640.54 al Demandante basado en el porcentaje que el Demandado pudo usar en las nueve (9) cargas.
- El Demandante solicita el pago de CAD$145,371.95.
Asuntos
- Si hubo un acuerdo entre las partes de utilizar una inspección interna de control de calidad.
- Si el receptor tiene derecho a reclamar daños y perjuicios en todas las nueve (9) cargas.
Análisis/razonamiento del árbitro
Este caso involucra la venta y envío de nueve (9) camiones completos de la cosecha de papa de 2018, cultivada por el Demandante en Ontario, y vendida al Demandado, ubicado en la Isla del Príncipe Eduardo (“PEI”), entre el 11 de agosto de 2018 y el 18 de septiembre de 2018. En la temporada de 2018, el Demandado comenzó a comprar las papas al Demandante, a partir de agosto de 2018. Al comienzo de la temporada en julio de 2018, el Demandante parecía haber tenido papas de buena calidad; y el Demandado comenzó a recibir papas del Demandante en agosto de 2018, que incluían papas amarillas, rojas y blancas.
El Demandado proporcionó los camiones que recogieron las papas del Demandante y transportaron las cargas a las instalaciones del Demandado en PEI. El Demandado empacó las papas en cada una de las nueve (9) cargas y proporcionó múltiples inspecciones internas de control de calidad en cada carga.
El Demandante debía asegurarse de que las papas estuvieran en “condiciones de envío adecuadas” cuando se cargaran en los camiones. Sin embargo, según el Demandante, “no hubo revisiones de terceros, y el Demandante tiene un control de calidad interno, y todo fue examinado y se aseguró de que fuera [de clasificación] número uno antes de enviarlo al Demandado”. Sin embargo, en respuesta a la solicitud que le hizo el Árbitro al Demandante en la audiencia, de proporcionar documentos del Demandante para confirmar el control de calidad de las cargas de papas, el Demandante informó de que no los tenían. Dado que no había documentos del Demandante que mostraran inspecciones adecuadas de las condiciones de envío con respecto a las cargas del Demandante, la única documentación de control de calidad con respecto a las cargas del Demandante es proporcionada por el Demandado, que muestra seis (6) o siete (7) detallados informes de inspección interna de control de calidad para cada carga.
El Demandado afirma que en realidad hubo dos (2) acuerdos con respecto a las nueve (9) cargas. “Hubo un acuerdo para enviar papas sucias, sin lavar y sin clasificar que eran cargas tres y cuatro. Y había otro acuerdo por completo, todavía con base en el empaquetado, pero para papas limpias, lavadas y clasificadas, que eran cargas uno, dos y cinco a nueve”.
Facturación y pago
El Demandante facturó al Demandado CAD$234,700.29 por nueve (9) cargas de papas. El demandado acordó pagar CAD$100,640.54 al Demandante sobre la base del porcentaje que el Demandado pudo usar.
El Demandado debe pagar CAD$5,399.80, por transporte y descarga para la carga cuatro (4). (Hubo mensajes de texto sobre problemas de control de temperatura en esta carga). El Demandado no tiene derecho a deducir CAD$4,040.40 de la factura de la carga tres (3). (La hoja de cálculo del Demandado indica que la cantidad de CAD$4,040.40 se utilizó para calcular el 36.69% que afirmó que era un producto utilizable de la carga tres (3)).
El Demandante recibió los siguientes pagos de CAD del Demandado:
04/09/18 – $20,000.
11/09/18 – $15,000.
23/10/18 – $20,000.
18/11/18 – $20,699.94, que asciende a $75,699.94
El Demandado también afirma un pago adicional de $13,628.40 realizado el 19/01/2019, lo que lleva el total pagado al Demandante a CAD$89,327.40. El Demandado afirma que la cantidad que aún se le debe al Demandante es de CAD$1,872.94.
Por último, el Árbitro concluyó que el Demandado no se había adherido a las normas de la DRC, especialmente en lo que respecta a las inspecciones de la CFIA, ni a ninguna otra inspección neutral de terceros. Siempre es responsabilidad del comprador solicitar inspecciones para mostrar daños. El Árbitro considera que, por el curso de negociación anterior y los intercambios de comunicación entre las partes, es razonable concluir que la documentación de empaquetado proporcionada por el Demandado indica que las partes establecieron un curso de negociación con respecto a la aceptación por el Demandante del control de calidad interno del Demandado.
Decisión del árbitro
El Demandante tiene derecho al precio total de la factura de CAD$31,155.75 por la carga cuatro (4), ya que había pruebas de problemas de control de la temperatura durante el tránsito. Está bien establecido que un comprador en una venta FOB debe establecer que el tiempo y la temperatura eran normales antes de hacer un reclamo al vendedor. Esto, junto con la falta de una inspección neutral de esta carga por parte de terceros, anula otras consideraciones dadas a un curso anterior de negociación en otros envíos. El Demandado también debe pagar CAD$5,399.80 por transporte y descarga de la carga cuatro (4), y CAD$4,040.40 del cálculo original de la carga tres (3). El total adeudado al Demandante por el Demandado es de CAD$131,796.29 por el producto. Se han pagado CAD$89,327.40, lo que deja un saldo de CAD$42,468.89 adeudado al Demandante.
Por último, cada parte pagará el 50% de los honorarios del árbitro de CAD$20,047.38, por un monto de CAD$10,023.69 cada uno. El Demandante ha pagado CAD$17,747.38 hasta la fecha. El Demandado ha pagado CAD$2,300.00 hasta la fecha. Por lo tanto, el Demandado debe pagar CAD$7,723.69 en honorarios del árbitro a la Demandante.
En consecuencia, el Demandado debe pagar al Demandante CAD$50,192.58 en un plazo de 30 días a partir de la fecha de esta decisión.
Comentarios de la DRC
Al reclamar daños y perjuicios, los receptores/compradores FOB tienen la carga de demostrar que el tiempo y la temperatura mientras el producto está en tránsito son aceptables, ya que en una transacción FOB el riesgo de pérdida se transferiría del expedidor al comprador una vez que el expedidor haya cargado el producto en el camión. En este caso, hubo evidencia de problemas de control de temperatura durante el tránsito de la carga cuatro (4). Por consiguiente, el árbitro consideró que el Demandante tenía derecho a que se le pagara íntegramente por esta carga. Dado que hay evidencia de que hubo un problema durante el tránsito, el receptor/comprador tendría que reclamar contra la compañía de transporte.
Otro punto importante en esta decisión que deben tener en cuenta los miembros de la DRC al recibir un producto en condiciones deterioradas, es que, en EUA y Canadá, se debe solicitar una inspección federal, a menos que se acuerde lo contrario. Una parte que alegue que se estableció un acuerdo para utilizar un servicio alternativo tiene la carga de probar que se alcanzó dicho acuerdo. En este caso, el árbitro concluyó que el curso anterior de las negociaciones, y los intercambios de comunicación entre las partes, eran pruebas suficientes para indicar que las partes habían establecido un curso de negociación con respecto a la aceptación por parte del Demandante del control de calidad interno del Demandado.
Para obtener más información sobre las secciones de las Normas de comercio de la DRC que se aplican a esta controversia, puede revisar las siguientes secciones:
Normas de comercio de la DRC: