De vez en cuando recibimos consultas sobre la responsabilidad de la carga cuando un transportista deposita el remolque en el patio de un receptor para su posterior descarga. Puede haber varias razones para dejarlo así, cualquiera de las cuales debe ser bien entendida y acordada por ambas partes y documentada si los plazos exceden los establecidos en las Normas de Transporte de la DRC, LLEGADA AL DESTINO, Sección 9.3.f.
“… El camión no se usará como bodega, excepto con el consentimiento del transportista y solo por el pago de cargos de almacenaje tal como se hayan acordado. Bajo los términos de las Normas de la Corporación, la responsabilidad del comprador hacia el vendedor requiere que el comprador acepte las frutas y hortalizas dentro de un período razonable (8 horas luego de la oferta de entrega en el caso de camiones…”
A veces, cuando hay muchos remolques para descargar o cuando el remolque llega fuera del horario comercial, los compradores y los receptores pueden llegar a un acuerdo con el transportista para dejar el remolque en el patio del receptor con el fin de descargarlo más tarde.
Es importante que los transportistas y los receptores tengan un acuerdo por escrito cuando decidan dejar un remolque en el patio del receptor. Este acuerdo debe aclarar las responsabilidades de cada parte durante el período en que el remolque permanezca en el patio, incluido quién es responsable de verificar la unidad de refrigeración del remolque para asegurarse de que esté funcionando correctamente. Tener un acuerdo por escrito puede ayudar a evitar malentendidos y garantizar que ambas partes sean conscientes de sus obligaciones.
Si no se llega a un acuerdo entre las partes con respecto a cuándo se transfiere la responsabilidad de la carga del transportista al comprador, los miembros de la DRC deben conocer estas Normas de Transporte de la DRC:
• La sección 9.1. establecería la oferta de entrega: …Se dice que ha ocurrido una “Oferta de Entrega” cuando el transportista llega a la ubicación del recibidor a una hora razonable o a la hora indicada para la descarga y, cuando fuera necesario, el transportista da al recibidor notificación de su llegada. La oferta ha tenido lugar cuando se avisa al recibidor de la llegada y este instruye al operario que mantenga el cargamento en un lugar normalmente utilizado por los transportistas cuya descarga pudiera ser temporalmente demorada. Las quejas oportunas del comprador al embarcador y el cálculo del tiempo permitido de descarga están relacionados a cuándo ha tenido lugar la “oferta de entrega”.
El artículo 9.2. establece los derechos de inspección del recibidor: “Luego de una oferta de entrega, el recibidor tiene derecho a inspeccionar el cargamento. Este derecho no puede ser negado ni recortado por el transportista. La inspección no es condicional al previo pago de los fletes.
Si el recibidor o el transportista consideran adecuado asegurar una inspección oficial del cargamento, el costo de tal inspección será cubierto por quien fuera que ordene tal inspección. Se debería solicitar al inspector que anote las temperaturas de pulpa del producto inspeccionado”.
• El artículo 9.3 se refiere a la descarga: “El contrato normal de transporte no incluye estipulaciones para la descarga del camión. En la falta de un acuerdo específico, es la responsabilidad del recibidor el descargar el vehículo. Los servicios de descarga son negociables y las partes del contrato de transporte pueden realizar arreglos alternativos. El arreglo más común es con los contratistas comúnmente referidos como “cargadores” (“lumpers”). Un cargador es una entidad que provee la carga y descarga física de embarques en el origen y en el destino usando gente y equipos. La carga se realiza de las instalaciones del consignador al equipo del transportista que transporta el embarque desde las premisas del consignador, y la descarga se realiza del equipo del transportista a las instalaciones que lo reciben para un embarque a destino. Un cargador es normalmente un contratista independiente del consignador o del consignatario o del transportista”.
Por último, si el camión o remolque está destinado a ser utilizado como una instalación de bodega temporal para almacenar el producto y las partes no logran ponerse de acuerdo sobre un precio por día para los servicios de almacenaje, se puede usar las Normas de Transporte de la DRC – Apéndice VI como guía para determinar los cargos.