La Corporación de Solución de Controversias sobre Frutas y Hortalizas (DRC, por sus siglas en inglés) ha desarrollado una serie de artículos que resumen las decisiones de arbitraje anteriores. Estos artículos ayudarán a los miembros a comprender cómo se aplican en una disputa las Normas y Reglas de solución de controversias de la DRC.
Las Normas y Reglas de solución de controversias de la DRC establecen que todos los arbitrajes de la DRC son privados y confidenciales. Como tal, los nombres de todas las partes, incluidos los árbitros y las empresas, no están incluidos. Un recordatorio de que el único papel de la DRC es el de administrador del proceso de arbitraje; la DRC no participa en ninguna audiencia. Por lo tanto, este resumen se basa únicamente en la decisión escrita del árbitro y es posible que no refleje información importante compartida con el árbitro a través de informes escritos o testimonios verbales.
ABSTRACTO
La decisión arbitral aborda una disputa entre partes de Estados Unidos y Canadá respecto a un presunto incumplimiento de contrato por parte del Demandante. La controversia surgió cuando el Demandado realizó un pago parcial del importe total de la factura, alegando que el Demandante había incumplido el contrato porque pidió cabezas o coronas de brócoli con “corte oriental/corte corto” y tallos y cabezas no cumplían los requisitos de longitud especificados.
El árbitro concluyó que no había pruebas suficientes para respaldar la alegación de que el Demandante había incumplido su obligación de enviar brócoli con “corte oriental/corte corto”. Además, no había pruebas que determinaran los daños y perjuicios que se podrían conceder al Demandado.
Este resumen ofrece una visión general esencial de la decisión de arbitraje y sus implicaciones para las disputas comerciales internacionales.
CASO: Expediente DRC #18249 – Partes domiciliadas – Estados Unidos y Canadá
RESUMEN DE LOS HECHOS
La factura #520610 muestra que el Demandante vendió 1,232 cajas de brócoli con la etiqueta “Crowns X”, FOB*, a un precio de US$6.50 por caja, más un cargo de manipulación de US$25.00. Esto eleva el importe total de la factura a US$8,033.00.
El Demandante recibió un pago de US$2,360.06 del Demandado y afirma que el Demandado aún debe un saldo de US$5,672.94.
Aunque el Demandado reconoce el pago de US$2,360.06, argumenta que no recibió las coronas de brócoli con “corte oriental” que había pedido. Para respaldar su reclamación, el Demandado proporcionó un certificado de inspección de la CFIA (inspección de apelación) en el que describe la longitud del tallo y la cabeza del producto recibido. Además, presentó los correos electrónicos intercambiados entre ambas partes tras la entrega, junto con dos correos electrónicos que contenían opiniones no oficiales del sector sobre la longitud adecuada del tallo del brócoli con “corte asiático”.
RESUMEN DEL ANÁLISIS Y RAZONAMIENTO DEL ÁRBITRO
Las partes coinciden en que el precio de compra fue de US$8,033.00, pero ofrecen versiones diametralmente opuestas sobre el tipo de brócoli pedido. El Demandante dice que el Demandado pidió brócoli de “corte corto” sin hablar de la longitud del tallo. El Demandado dice que pidió “corona de brócoli con corte oriental” después de que el Demandante le asegurara que el producto portando su etiqueta “Crowns X” tenía una cabeza de 3 a 6 pulgadas de ancho y una longitud de tallo de 1-2 pulgadas.
Cuando las partes presentan alegaciones afirmativas, pero contradictorias, respecto a una cláusula del contrato, recae sobre cada una de ellas la carga de demostrar su alegación mediante pruebas concluyentes. El árbitro concluyó que no había forma de determinar cuál de las versiones era la correcta, ya que ninguna de las partes cumplió con esta carga en lo que respecta al tipo de brócoli solicitado durante una llamada telefónica entre dos personas que no tenían un historial significativo de relaciones comerciales entre sí.
Sin embargo, el Demandado aceptó el brócoli al descargarlo, y por tanto tiene la carga de demostrar que el Demandante incumplió el contrato y cualquier daño resultante. El Demandado no puede demostrar que el Demandante incumplió el contrato al enviar brócoli con “corte oriental” ya que no ha demostrado que el contrato fuera para brócoli con “corte oriental”.
El Demandado aún podría haber prevalecido si hubiera podido demostrar que el Demandante incumplió la obligación de enviar “brócoli de corte corto”, ya que admite que estaba obligado a enviar dicho brócoli. La Inspección de apelación establece en la sección de observaciones lo siguiente:
“El promedio y el rango mostrados en los resultados de inspección muestran coronas de 3 1/2 pulgadas a 6 pulgadas de ancho; sin embargo, la longitud mostraba entre 4 y 6 1/2 pulgadas de largo, con la mayoría entre 4 y 5 pulgadas de largo.”
No existen normas del USDA ni del Ministerio de Agricultura de Canadá para el brócoli de “corte corto” a partir de las cuales se pueda determinar si la longitud del tallo mencionada en la Inspección de apelación no cumple con dicha norma. Aunque el Demandado presentó dos opiniones de la industria, estas se refieren al brócoli de “corte asiático”, que se supone que es lo mismo que el brócoli de “corte oriental”, y por tanto no tienen que ver con si hubo un incumplimiento de la obligación de enviar brócoli de “corte corto”. Y aunque el Demandante aparentemente creía que la longitud del tallo del brócoli era mayor de lo habitual, como demuestra el correo electrónico enviado el 1 de mayo de 2006, esto no fue suficiente para establecer que la longitud fuera lo suficientemente larga como para constituir un incumplimiento. Por lo tanto, el árbitro determinó que el Demandado no había demostrado un incumplimiento de la obligación del Demandante de enviar brócoli de “corte corto”.
Incluso si el Demandado hubiera podido demostrar un incumplimiento de contrato, su Contestación a la demanda en este Arbitraje no contenía un cálculo de los daños y perjuicios. Por lo tanto, no había forma de determinar el importe de la indemnización que el Árbitro debía conceder al Demandado.
DECISIÓN SUMARIA DEL ÁRBITRO
La decisión final del árbitro exigió que el Demandado pagara al Demandante US$5,672.94, más US$600.00 por honorarios estimados de arbitraje, en un plazo de 30 días a partir de la fecha de la decisión.
COMENTARIOS DE LA DRC
Tanto si usted es el Demandante o el Demandado, durante el proceso de arbitraje es fundamental que cada parte respalde adecuadamente sus alegaciones.
En la industria agrícola, los acuerdos comerciales suelen realizarse por teléfono, donde se discuten los detalles clave de la transacción, como los términos del contrato (FOB, entrega, CIF**, precio fijo, consignación, PAS***, etc.) y descripciones de los productos (por ejemplo, clasificación de calidad, sin clasificación – buena entrega/buena llegada, tamaño, cantidad, etc.). La DRC siempre ha recomendado encarecidamente que cualquier comunicación verbal se complemente con un correo electrónico.
Cuando hay un desacuerdo o no haya consenso sobre lo que se discutió verbalmente, los documentos relacionados con la transacción determinarán el contrato entre las partes. Si estos documentos no especifican claramente uno o más términos, cada parte deberá asumir la carga de la prueba para sus respectivas declaraciones.
En este caso, las partes tenían opiniones divergentes sobre la longitud adecuada del tallo para el brócoli de “corte asiático” frente al de “corte corto”. No existía ninguna comunicación escrita entre las partes que describiera lo que implicaba el brócoli de “corte asiático” o “corte corto”. Los documentos de la transacción no hacían referencia a ninguna especificación, y no existían estándares oficiales para el brócoli de “corte corto” o “corte asiático” que el árbitro pudiera usar para evaluar si la longitud del tallo referenciada en la Inspección de apelación cumplía con alguna norma esperada.
Además, como mencionó el árbitro en su decisión, incluso si el árbitro se hubiera inclinado por considerar que el Demandante había incumplido el contrato, habría sido difícil determinar los daños y perjuicios del Demandado, ya que este no proporcionó una relación de ventas detallando sus pérdidas.
*FOB: franco a bordo
**CIF: Coste, Seguro, Flete
***P.A.S.: Precio después de la venta
RECURSOS ADICIONALES
Para acceder a la decisión de arbitraje editada completa, haga clic aquí.
Reglas de solución de controversias de la DRC – Sección 2: Arbitraje
Artículos del boletín de Solutions:
- Los diez principales errores que las partes cometen durante el proceso de arbitraje
- El acuerdo de voluntades y la responsabilidad de evidencia
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