El verano está aquí y nos pareció que está en orden un recordatorio de que hay que comprobar dos veces las temperaturas de transporte y el modo en que está calibrado el frigorífico. Cargadores y transportistas tienen una responsabilidad compartida sobre lo que sucede en el punto envío, durante la carga y a la liberación del camión.
La parte contratante debe asegurarse de que se den instrucciones claras para que se mantengan funcionando las unidades en modo continuo y no de modo “inicio/parada” (también llamado “ciclo de entrada”). No sólo debe especificarse la temperatura adecuada, sino también asegúrese de indicar que el frigorífico (reefer) debe mantenerse funcionando de modo continuo para evitar la condensación o el que vaya aumentado el calor en muchos productos de respiración alta.
Los embarcadores necesitan asegurarse de que el producto se esté cargado de tal manera que logren realizar una buena llegada o cumplir con los términos del contrato en destino. Según los términos del contrato, es responsabilidad del embarcador o del recibidor el verificar que el camión esté en condiciones apropiadas y el frigorífico se encuentre a la temperatura y el modo adecuados.
El transportista es responsable de asegurar que el camión esté en buenas condiciones y que se sigan las instrucciones de transporte dadas por la parte contratante o las instrucciones del Conocimiento de Embarque. Si existe información contradictoria entre las instrucciones de transporte y el Conocimiento de Embarque, o si hay falta de información, es responsabilidad del transportista contactar a la parte que lo contrató y solicitar instrucciones. Dicho esto, sean proactivos y asegúrense que la temperatura y el modo se especifiquen.
Para mayor información por favor llamar o enviar un correo electrónico al Escritorio de Asesoría de la DRC:
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