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Lectura de los certificados de inspección Parte 3: Observaciones y certificación

Este es el último artículo de nuestra serie de tres partes “Cómo leer correctamente un certificado de inspección de la CFIA.”.

En este artículo revisaremos las secciones de temperaturas y defectos.

Esta vez ofreceremos una descripción de las observaciones y de la sección de certificación.

Generalmente, lo primero que usted notará en la sección de comentarios será si hay cualquier foto digital tomada o adjuntada al informe de inspección, seguida por una descripción de los envases y embalajes. También le indicará cuál grado de calidad, de Canadá o de los Estados Unidos, se ha utilizado como estándar de referencia para inspeccionar la carga. A diferencia de un informe de inspección del USDA, los inspectores de la CFIA no indican si el producto no cumple con un estándar de calidad. Un inspector de la CFIA procederá a detener una carga si no cumple con el mínimo grado estándar canadiense a causa de defectos permanentes/de calidad.

A continuación, el inspector incluirá la orden de compra del solicitante (PO) o el número de factura, los números de lote, de estar disponibles, y cualesquiera otras observaciones solicitadas por el solicitante. Por último, si un control de temperatura es solicitado y si este se realiza al mismo tiempo que una inspección de condición, el inspector utilizará la sección de comentarios para proveer detalles de las temperaturas de la pulpa de la carga. Como se mencionó en nuestro primer artículo de esta serie, la información de transporte, si está disponible, puede encontrarse aquí.

La última parte del certificado es la “Certificación” donde se observa si la inspección ha sido solicitada para temperatura, peso, tamaño, estado, condición y grado, conteo o cualquier otro tipo de petición del solicitante.

Es muy importante que el solicitante pida la inspección adecuada. Asegúrense de que ustedes llenen en detalle el formulario de solicitud de una inspección, especificando lo que desean que el inspector aborde en el informe de inspección. Se recomienda comunicación entre el vendedor y el comprador antes de solicitar la inspección.

Esperamos que esta serie haya sido informativa y útil para ustedes y su equipo. Si tienen alguna pregunta, no duden en ponerse en contacto con nuestro Escritorio de Asesoría de la DRC por correo electrónico o por teléfono:

Escritorio de Asesoría de la DRC | 613-234-0982 | [email protected]

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Regresando a lo básico: plazo de 9 meses para presentar un reclamo

Los miembros tienen nueve meses a partir del momento en que se presentó la controversia hasta el momento en que se registra una notificación de controversia con nosotros. Por desgracia, no es raro recibir llamadas de reclamaciones que están más allá del plazo de nueve meses o que rápidamente se acercan al mismo. Después de haber tratado con miles de llamadas durante los últimos años, esto es algo que ciertamente entendemos. A veces las cosas se nos pueden escapar, especialmente si estamos ocupados y la mayoría de los otros negocios van bien.

Sin embargo, la limitación de nueve meses para las reclamaciones debe tomarse seriamente pues impide utilizar cualquier otro recurso fuera de la DRC para resolver su disputa. Los Reglamentos de Mediación y Arbitraje de la DRC, artículo 4, estipulan que“…la Demanda sea notificada a la Corporación por medio de una Notificación de Controversia, dentro de los nueve (9) meses siguientes a que haya surgido los motivos de la Demanda o dentro de los nueve (9) meses siguientes a que el demandante debió, razonablemente, haber tenido conocimiento de su existencia.”

El texto “debería razonablemente haber tenido conocimiento ” pretende enfrentar situaciones indirectas donde el aviso de un problema no fue comunicado explícitamente por una parte a la otra. Un ejemplo sería cuando un cheque es devuelto por falta de fondos.

Mantenga en mente que, según nuestras reglas, “falta de archivo de la reclamación con la Corporación (DRC) dentro de este tiempo se considerará un abandono de la demanda y prevendrá la recuperación de fondos contra otro miembro”. En otras palabras, ustedes pueden que haya perdido la oportunidad de potencialmente recuperar algunos fondos.

Nuestro consejo es “marcar con una banderita” estas cuentas a los 6 meses (o antes) para prevenir que accidentalmente se aproximen al plazo de 9 meses. Llamen a nuestro Escritorio de Asesoría o revisen en el nuestra página de internet para verificar que sus compradores y proveedores son miembros activos de la DRC. Para ayudar a hacer más fácil el que nuestros miembros comprueben la situación de sus socios comerciales en la DRC, en los próximos meses, la DRC publicará cambios a los Estatutos de Membresía.

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¿Cuándo es válido solicitar una Inspección Privada?

Hemos escrito muchos artículos sobre los servicios de inspección y las Directrices de Buena Inspección de la DRC. Creemos que hemos sido capaces de transmitir el por qué una inspección del gobierno, tal como una inspección de la CFIA o una inspección de la USDA, tiene más peso que una inspección privada. Sin embargo, entendemos que a veces una inspección privada puede ser necesaria. Los siguientes son algunos casos donde una inspección privada contribuiría a que un recibidor/comprador reclame daños y perjuicios:

  • Donde los servicios de inspección del gobierno no están disponibles. Hasta donde sabemos, Canadá y Estados Unidos son los únicos países que ofrecen este servicio.
  • Cuando los servicios de inspección del gobierno están disponibles, pero no se pueden realizar de manera oportuna. Cuando se envía una solicitud para una inspección del gobierno, se puede pedir un tiempo estimado para que se efectúe la inspección. Si los inspectores no están disponibles dentro de 24 horas, deben hablar al respecto con su proveedor/vendedor y discutir la posibilidad de solicitar una inspección privada. No cancelen la solicitud de una inspección del gobierno a menos que se hayan asegurado un acuerdo escrito con el proveedor para una inspección privada.
  • Cuando hay un acuerdo por escritoentre el comprador y el vendedor para que se realice un peritaje privado. Entendemos el rápido ritmo de esta industria y que muchos negocios se realizan por teléfono. Sin embargo, un acuerdo verbal sólo es válido cuando ambas partes aún tienen el mismo recuerdo de lo que fue discutido y acordado, y por lo tanto es crucial confirmarlo por escrito.

También nos gustaría recordarles que las inspecciones del gobierno se consideran evidencia “prima facie”. En otras palabras, una inspección del gobierno es suficiente para demostrar los daños y perjuicios o la falta de ellos. Una inspección privada siempre puede ser impugnado cuando el informe no aborda los doce elementos de las Directrices de Buena Inspección de la DRC.

Para más información consulten las Directrices de Buena Inspección de la DRC. También pueden llamar a nuestra oficina y solicitar que este documento se les envíe por correo electrónico.

Escritorio de Asesoría de la DRC | 613-234-0982 | [email protected]

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