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¿Tiene preguntas sobre exportar a Canadá? Si es así, la DRC tiene respuestas.

La DRC ha desarrollado y lanzado un documento titulado Exportando a Canadá: preguntas frecuentes planteadas por empresas ubicadas fuera de Canadá. Este documento de preguntas y respuestas, el logotipo y la presentación visual se dio a conocer en la reciente convención y feria comercial de la CPMA en Vancouver, Columbia Británica.

La información ofrece una visión general de la DRC y sus servicios, su competencia en disputas nacionales e internacionales, así como el proceso de solución de controversias y el cumplimiento de los laudos arbitrales. El folleto está disponible en inglés, francés y español, y si bien el público objetivo puede ser aquellos que buscan exportar a Canadá, la información también es de interés y valor para cualquier persona que comercia en el negocio de productos frescos que no esté familiarizada con o no sea miembro de la DRC.

Para los canadienses, la anticipada entrada en vigor del Reglamento sobre la Salubridad de los Alimentos de Canadá es importante ya que incluye un requisito regulatorio para aquellos que compran, venden, importan o exportan frutas y verduras frescas para que sean miembros de la DRC, a menos que estén exentos. Un mensaje clave para quienes buscan exportar a Canadá es “no vender o comprar a una persona en Canadá que no sea miembro de la DRC”.

“Condensar la información en este formato es oportuna dado el aumento de consultas de empresas interesadas en saber más sobre cómo hacer negocios en Canadá, así como nuestra difusión dirigida a varias embajadas y oficinas de facilitación del comercio”, señala el Presidente y CEO de la DRC, Fred Webber.

El documento está disponible en el siguiente link: https://t8t979.p3cdn2.secureserver.net/wp-content/uploads/2018/08/QAs-Non-Canadian-to-Canada-SPN.pdf

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Horas de servicio y requisitos del libro de registro electrónico para la agricultura

En la edición de julio de Solutions, la Sra. Jennifer Morris, presidenta de Two Roads Logistics, escribió una pieza informativa sobre el mandato de los ELD en América del Norte. Este artículo es un seguimiento que aborda específicamente la “exención agrícola”.

El Título 49 sección 395.1 (k) del Código de Reglamentos Federales (CFR) de los Estados Unidos proporciona una exención para las reglas de Horas de servicio (HOS) con respecto a productos agrícolas (incluyendo ganado, abejas, caballos y otros productos básicos definidos como “productos agrícolas” bajo la sección 395.2) durante los períodos de siembra y cosecha, para ser determinado por cada Estado.

Las reglas de HOS no se aplican al transporte de estos productos que se mueven dentro de un radio de 150 millas aéreas (o 172.5 millas terrestres) desde la fuente. Las horas de trabajo y las horas de conducción no están limitadas en esta situación. El conductor no está obligado a utilizar un dispositivo de registro electrónico (ELD) ni a guardar registros de papel. El tiempo que un conductor pasa trabajando dentro del radio de 150 millas no cuenta para sus límites diarios o semanales; él/ella se considera fuera de servicio. Fuera de la zona de 150 millas aéreas, se aplican las regulaciones de HOS; el trabajo del conductor y las horas de manejo deben estar dentro de las limitaciones de las reglas de HOS.

Para dar un ejemplo, si un conductor estaba entregando una carga de verduras frescas desde la fuente a una ubicación a cinco horas de distancia (suponiendo que las 150 millas aéreas representaran 3 horas de tiempo de conducción), las primeras tres horas del viaje de cinco horas no contarían para sus horas de servicio (HOS). Si el conductor se descargó y se devolvió vacío a la fuente, una vez que el conductor reingresara a la zona de 150 millas aéreas, se volvería a considerarse fuera de servicio. Como resultado, en este escenario, un conductor podría estar en el camino por diez horas, y solo cuatro de esas diez horas contarían para sus horas de servicio. De manera similar, un conductor podría nunca salir de la zona de 150 millas aéreas, viajando de una fuente a otra varias veces al día, y así no estaría sujeto a las reglas de HOS en absoluto.

Otra exención importante de los ELD (aplicable a todos los vehículos de motor comerciales, no exclusivamente a aquellos que transportan productos agrícolas), se refiere al año del motor. Si un conductor está utilizando un vehículo fabricado antes del año modelo 2000, está exento de tener que instalar un ELD, siempre que mantenga registros de papel.

Para obtener información más detallada, visite: https://www.fmcsa.dot.gov/hours-service/elds/agricultural-commodity

Sobre la Autora:

Jennifer cuenta con 15 años de experiencia en las industrias de hortalizas y transporte. Two Roads Logistics se especializa en productos agrícolas, alimentos y ayuda a nuevas empresas con sus necesidades de transporte. Jennifer también es miembro del Comité de Educación de la CPMA y columnista de The Grower.

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MÁS INFORMACIÓN REQUERIDA SOBRE BANCARROTAS

La Corporación de Solución de Controversias sobre Frutas y Hortalizas (DRC), en nombre de la industria, sigue buscando formas de mitigar las pérdidas financieras para sus miembros.

“La bancarrota y otras insolvencias continúan siendo un desafío y seguimos buscando el desarrollo y la implementación en Canadá de un fideicomiso similar al PACA”, dice Fred Webber, presidente de la DRC. “El mayor desafío que seguimos enfrentando es la falta de buenos datos sobre la frecuencia y el alcance de las pérdidas en la industria debido a las bancarrotas en Canadá”.

Lamentablemente, los datos y las estadísticas del gobierno canadiense relacionados con quiebras carecen de la granularidad y el grado de detalle necesarios para persuadir a los funcionarios de la necesidad de protección financiera. Los datos del gobierno no pueden segregar de manera confiable las bancarrotas que afectan al sector de frutas y verduras, porque la segregación se detiene a nivel de los alimentos y bebidas. Desde la perspectiva gubernamental, la bancarrota no es una causa importante de pérdidas financieras en la industria de frutas y vegetales en base a los hechos a los que tienen acceso.

“Como tal, tengo una solicitud especial”, dice Webber. “Tómese unos minutos para hacer una lista de las empresas canadienses de las que tenga conocimiento que se hayan declarado en bancarrota en los últimos tres años, incluidas la ciudad y la provincia, y envíe un correo electrónico a Fred a [email protected]. Si no está seguro de esos detalles, simplemente indique el nombre y realizaremos un seguimiento adicional. Nuestro objetivo al desarrollar la lista es demostrar la inexactitud y la deficiencia de los datos existentes de bancarrota del gobierno. No divulgaremos, ni tendremos ninguna razón para divulgar la fuente de los nombres”.

Si usted mismo ha sufrido una pérdida y desea compartir los detalles, comuníquese con la DRC al 613-234-0982. El objetivo es compilar una lista que se pueda comparar con los datos del gobierno.

La industria hortícola ha buscado durante mucho tiempo protecciones similares a las que proporciona el Fideicomiso PACA en los Estados Unidos. La DRC continúa trabajando en este tema y ha identificado el obstáculo restante como la cuantificación de la medida del daño a la industria.

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Comprendendiendo los requisitos de importación

La Agencia Canadiense de Inspección de Alimentos (CFIA) publicó un video tutorial que demuestra cómo utilizar efectivamente su herramienta del Sistema Automatizado de Referencia de Importación (AIRS – Automated Import Reference System) para encontrar los requisitos de admisibilidad aplicables para la importación de productos regulados por la CFIA en Canadá.

El tutorial muestra cómo buscar los requisitos de importación y qué información se necesita para completar una declaración de importación. AIRS genera un “Resumen de requisitos” que informa al usuario de los documentos necesarios, como permisos, certificados y/o licencias, además de instrucciones especiales, condiciones o información adicional.

Los usuarios tendrán la opción de declarar su envío utilizando el OGD PARS / RMD (sistema de revisión previa a la llegada de otro departamento gubernamental y la liberación aduanera contra documentación mínima) o la IID (declaración integrada de importación).

Para ver el video instructivo de AIRS (disponible solamente en inglés y francés), siga el enlace. www.inspection.gc.ca/airs

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Confirmacion de Venta

Recientemente hemos recibido algunas preguntas sobre la confirmación de venta de un corredor y el formulario canadiense de confirmación de venta requerido para importar. ¿Son lo mismo? ¿Cuáles son las diferencias? ¿Cómo se sabe cuándo usar cuál? Este artículo pretende responder a esas preguntas y más.

Es importante no confundir la Confirmación de Venta de un corredor, como se define en la Sección 11 de las Normas de Comercio de la DRC, con un Formulario de Confirmación de Venta (formulario CdV) de la Agencia Canadiense de Inspección de Alimentos (CFIA) requerido para acompañar las importaciones a Canadá. Desde el 11 de enero de 2016, los importadores tenían la opción de enviar manualmente un formulario CdV al momento de la entrada o enviar la misma información electrónicamente, por adelantado, a través de eManifest, el Sistema de revisión previa a la llegada (PARS) o por EDI. Cuando el nuevo Reglamento sobre la Salubridad de los Alimentos de Canadá (SFCR) entre en vigencia el 15 de enero de 2019, el Formulario CdV ya no será una opción proporcionada por la CFIA.

Por el contrario, un corredor de frutas y hortalizas –que no es lo mismo que un corredor de aduanas–, es una persona o empresa que negocia transacciones entre el comprador y el vendedor, pero que no es parte de la transacción. Un verdadero corredor emite confirmaciones escritas o electrónicas que muestren todos los términos del contrato que el comprador y el vendedor hayan acordado, así como también la identidad del vendedor y del comprador. Este documento a menudo se conoce como “Confirmación de venta del Corredor”. Las funciones principales que un corredor debe realizar son las siguientes:

  • Ayudar a dos o más partes a celebrar contratos vinculantes a través de negociaciones de buena fe;
  • Comunicar todos los términos a las partes;
  • Crear una confirmación de venta, incluyendo a todos los detalles esenciales del acuerdo; y,
  • Entregar la confirmación de venta a todas las partes de manera oportuna.

A menos que se acuerde y confirme lo contrario, el corredor tendrá derecho al pago de los honorarios de corretaje de la parte que contrató al corredor.

La confirmación de venta de un corredor continuará siendo un requisito por parte de la DRC de los miembros que actúen como verdaderos corredores de productos agrícolas.

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