Sistema de Solución de Controversias

El modelo de solución se basa en un proceso potencial de solución de controversias de seis etapas.  La mayoría de las controversias se resuelven en la Etapa #3 Consulta y asesoría. Por lo general, solo toma realizar algunas llamadas telefónicas o enviar mensajes electrónicos a la DRC para preparar a sus miembros con las herramientas necesarias para llegar a una solución con los socios comerciales mismos. Cuando no se pueda llegar a una transacción amigable inmediatamente, los miembros pueden presentar una Notificación de controversia para iniciar el paso #4 Mediación informal. Aunque la mayoría de las controversias se resuelven en la Etapa #4 o antes, aquellas que se prolongan por lo general saltan la Etapa #5 Mediación formal y proceden directamente a la Etapa #6 Arbitraje por una decisión ejecutable y que haga cumplir la corte dictada por un árbitro tercero. Es muy poco común que un laudo arbitral no se pague tal como lo indique el árbitro.

 

  • Etapa 1 Medidas de prevención

    Educación, capacitación y divulgación de información, estatutos y normas de la DRC.

  • Etapa 2 Solución de problema sin ayuda Solución de problema/negociación colaborativa entre disputadores.

    Solución de problema/negociación colaborativa entre disputadores.

  • Etapa 3 Consulta y asesoría (personal de la DRC y/o terceras partes bajo contrato)

    Asesoramiento/información, orientación, remisión a otros especialistas, análisis de caso.

  • Etapa 4 Mediación informal (personal de la DRC y/o terceras partes bajo contrato)

    La mediación informal es el inicio de los procedimientos formales de la DRC. Impone algunos requisitos de presentar una instancia así como un período de veintiún días en los cuales las partes trabajan con miras a una solución.

    La mediación informal brinda a ambas partes la oportunidad de presentar un informe por escrito de lo que ha sucedido junto con la documentación de apoyo. Una vez que ambos disputadores hayan tenido la oportunidad de contribuir, el personal de la DRC los ayudará a llegar a una transacción voluntaria y amigable. Si las partes no pueden llegar a un acuerdo para solucionar la controversia, se podrá optar por una opción de mediación formal o un árbitro.

     

  • Etapa 5 Mediación formal La mediación formal es una opción que puede utilizarse sin importar el valor monetario del reclamo. Ambas partes deben llegar a un acuerdo para utilizar esta opción y la mediación la realiza un mediador tercero independiente que puede seleccionarse de una lista que mantiene la DRC. Si las partes no están de acuerdo en utilizar una mediación formal o si la mediación no logra una transacción aceptable para ambas partes, entonces cualquier parte podrá proceder con el arbitraje.

    La mediación formal es una opción que puede utilizarse sin importar el valor monetario del reclamo. Ambas partes deben llegar a un acuerdo para utilizar esta opción y la mediación la realiza un mediador tercero independiente que puede seleccionarse de una lista que mantiene la DRC. Si las partes no están de acuerdo en utilizar una mediación formal o si la mediación no logra una transacción aceptable para ambas partes, entonces cualquier parte podrá proceder con el arbitraje.

     

  • Etapa 6 Arbitraje

    Cuando las partes no puedan llegar a un acuerdo, ellas pueden decidir proceder con el  arbitraje. El resultado del arbitraje es una decisión capaz de hacerse cumplir y registrar en la corte que dicta un árbitro tercero, nombrado por las partes. El arbitraje podrá iniciarse sin importar la cantidad del reclamo. Para satisfacer de una mejor forma las necesidades de nuestros miembros, contamos con dos procesos, según la cantidad en controversia.

    En los casos cuando el valor monetario de un reclamo sea menos de $50,000 EE. UU., se realizará un Procedimiento arbitral abreviado en el cual la DRC brinda a las partes un proceso más corto. Aunque este proceso establece tiempos límites estrictos en el intercambio de información, resulta tanto justo como equitativo cuando se compara con la cantidad en controversia (menos de $50,000).

    En los casos cuando el valor monetario del reclamo equivale a $50,000 EE. UU. o es mayor que esta cantidad, se realiza una audiencia tal como lo indican las Reglas formales de arbitraje de la DRC.

    Sin embargo, cuando ambas partes y el administrador están de acuerdo, el procedimiento arbitral abreviado puede utilizarse para los reclamos que de lo contrario se considerarían de acuerdo a este valor monetario mayor.

    En cualquier caso, los miembros de la DRC podrán escoger de una lista de mediadores/árbitros eruditos que ha establecido la DRC.

    Cuando se dicta una decisión vinculante, el personal de la DRC verifica su cumplimiento. Si un miembro no paga el laudo arbitral en el período de tiempo designado, se terminará a la parte en incumplimiento y la DRC ayudará a facilitar el registro del laudo con la corte.

     

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