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Discutido, Comprendido y Acordado (DUA –por sus siglas en inglés)

DUA (Discussed, Understood & Agreed Upon) es un acrónimo que querrá recordar. Es una buena práctica comercial el asegurarse que el DUA se aplique a todos los datos y transacciones en cualquier acuerdo o uso de inspecciones no federales. Si ustedes no están claros respecto a los datos o términos, ustedes pueden haber acordado algo que podría limitar sus derechos en el caso de que algo vaya mal durante una transacción. Recuerden que el DUA va bastante lejos en la prevención de consecuencias imprevistas. Asegúrese de añadir protocolos DUA a sus transacciones:

  1. Discutido: (Discussed) discutan todos los detalles de la operación con la otra parte. Tomar notas por escrito para capturar las discusiones.
  2. Entendido: (Understood) estén conscientes del significado que se tiene como propósito en todos los detalles y términos de la transacción. Hagan muchas preguntas si no tienen claro lo que significa algún término.
  3. Acuerdo: (Agreed Upon) ambas partes deben aceptar los términos de la transacción, cualquier cambio que se haga, inspecciones, etc.

Asegúrense que DUA se aplique en todos y cada uno de los acuerdos. Esto es crucial cuando hay términos comerciales inusuales o cuando se utilizan normas comerciales diferentes. Uno debe ser particularmente diligente con operaciones fuera de Norteamérica, donde acrónimos de los términos pueden significar cosas muy diferentes. Todos y cada uno de los acuerdos inusuales, tales como las inspecciones privadas y términos restrictivos de contratación como FOBAF – Franco a Bordo Aceptación Final (por sus siglas en inglés Free On Board Acceptance Final) deben ser discutidos, entendidos y acordados.

Cuando en duda, DUA.

Para más información favor de llamar o por correo electrónico al Escritorio de Asesoría de la DRC al:
Escritorio de Asesoría de la DRC | 613-234-0982 | [email protected]

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